Con el objetivo de fomentar la llegada de turistas extranjeros a Chile y fortalecer la industria turística en general, es que el Gobierno, a través de la Promoción Turística Internacional del Servicio Nacional de Turismo, financia Campañas Cooperadas por mercados. Dichas campañas buscan apalancar recursos del sector privado para la inversión y promoción conjunta del país.
Este modelo posee un claro llamado de acción que incluye: Campañas en medios On y Off Line, capacitaciones, participación en ferias y eventos dirigidos al consumidor final, entre otros. Estas campañas, realizadas por empresas del rubro turístico (como tour operadores, agencias, agencias de viaje online, agrupaciones locales y aerolíneas y productos) son co-financiadas en hasta un 65% con aporte público.
Lineamientos
Los lineamientos de las Campañas Cooperadas en Mercados Internacionales se encuentran en el Plan de Marketing Turístico Internacional 2016-2017, que se encuentra disponible en http://www.subturismo.gob.cl/fomento-e-inversion/promocion/nacional/
Plazos de ejecución
Los postulantes no podrán exceder la fecha límite fijada en la convocatoria respectiva. La duración de las campañas deberá quedar estipulada en la propuesta realizada por cada uno de los postulantes y no podrá ser superior a 12 meses consecutivos, incluyendo en dicho período el proceso de rendición.
Metodología Ventanilla Abierta
Las entidades que cumplan con los requisitos establecidos en el numeral 3.1 de estas bases y que tengan interés en postular a la presente ventanilla abierta, deberán completar los Anexos N° 5, 6 y 8.
La comisión evaluadora de SERNATUR, revisará cada una de las propuestas y asignará puntajes de acuerdo a los criterios de evaluación especificados en la presente ventanilla abierta. Se declararán inadmisibles las propuestas que obtengan menos de 3.5 puntos totales ponderados como nota final, no pudiendo en consecuencia adjudicarse fondos públicos.
En caso de que no haya presupuesto disponible para cubrir el monto requerido por la última propuesta presentada y aprobada, se contactará al postulante en cuestión para ofrecerle adaptar su propuesta al presupuesto remanente.
Los proyectos de Campañas Cooperadas se deben presentar en Ventanilla Abierta, entregando una propuesta que cumpla con los requisitos de las bases y en los plazos establecidos en la Oficina de Partes de Sernatur, ubicada en Avenida Providencia 1550, Providencia, Santiago de Chile.
Fecha publicación | Descripción | Descargas |
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27 de Noviembre 2018 |
Resolución Exenta N° 814, deja sin efecto adjudicación “PROYECTO 54 S.A". |
Resolución Exenta 0814 |
24 de Julio 2018 |
Modificación Resolución Exenta Nº319 de Campañas Cooperadas Internacionales. |
RES_EX_533_MODIFICA_RES_319-2017_CONVOCATORIA_COOPERADAS_2017 |
27 de Diciembre 2017 |
En este formulario se debe indicar en detalle la propuesta de presentación y descripción del proyecto, el postulante y socio estratégico. |
ANEXO-5 |
27 de Diciembre 2017 |
En este documento se debe presentar en detalle el presupuesto y financiamiento del proyecto. |
ANEXO-6 |
27 de Diciembre 2017 |
En este documento adjunto, se hace referencia al “Plan de Marketing Internacional”. Además, en este formulario se indica aquellos destinos de Chile consolidados y emergentes. |
ANEXO-7 |
27 de Diciembre 2017 |
Este anexo indica los aportes pecuniarios y valorados realizados por el postulante y el socio estratégico, según corresponda. |
ANEXO-8 |
01 de Marzo 2018 |
Resolución que aprueba Bases Ventanilla Abierta Campañas Cooperadas. |
Res-Exenta-N°318-Aprueba-Bases-Ventanilla-Abierta-Campañas-Cooperadas |
Resolución Exenta N° 814, deja sin efecto adjudicación “PROYECTO 54 S.A".
Modificación Resolución Exenta Nº319 de Campañas Cooperadas Internacionales.
En este formulario se debe indicar en detalle la propuesta de presentación y descripción del proyecto, el postulante y socio estratégico.
En este documento se debe presentar en detalle el presupuesto y financiamiento del proyecto.
En este documento adjunto, se hace referencia al “Plan de Marketing Internacional”. Además, en este formulario se indica aquellos destinos de Chile consolidados y emergentes.
Este anexo indica los aportes pecuniarios y valorados realizados por el postulante y el socio estratégico, según corresponda.
Resolución que aprueba Bases Ventanilla Abierta Campañas Cooperadas.
Do new need to address the campaign to Sernatur using the Sernatur logo, or to Chile tourism using the Chile tourism logo?
The DMC, airline or product (Chilean) must Submit the campaign.
Is there a new logo that includes the Chile Tourism logo and the tag line ‘Chile Naturaleza Abierta’ for the UK we need to use and if so can you send it please?
No, will be the same that last year.
How are the points of ‘greater than 3.5’ calculated?
Criteria 1: Given Score 4 (4 x 0.20 = 0.8 ) Criteria 2: Given Score 3 (3 x 0.35 = 1.05) Criteria 3: Given Score 5 (5 x 0.10 = 0.5) Criteria 4: Given Score 5 (5 x 0.25 = 1.25) Criteria 5: Given Score 5 (5 x 0.10 = 0.5) Total : 0.8+1.05+0.5+1.25+0.5 = 4.1 Final Score: 4.1
Evaluation criteria: can you explain the first column please? Does it mean the more funding we bid for from Sernatur, the less points we get to achieve the ’greater than 3.5 points’?
Yes indeed that’s correct.
The deadline for submission is given as 29th September 2017, however it also says a campaign starts when it has been approved and when budget runs out. Can we therefore submit a proposal now that covers activities starting early September?
Yes, you can.
Or can we only include activities starting in October and have to wait till the final deadline of 29Sep passes before we know we have been successful?
The only limit with the activities date is no longer than july 18.
Nos encontramos trabajando en la evaluación de la opción de postular al concurso de Campañas Cooperadas y me gustaría saber ¿cuándo se entregará el porcentaje de dinero destinado a cada postulante seleccionado? ¿Esto se debe a que nos encontramos preparando presupuesto?
La modalidad de transferencia de recursos públicos se realizará bajo la modalidad de Anticipo o reembolso o mixta. Si el receptor de fondos públicos solicita anticipo, una vez aprobada la propuesta y firmado el convenio, el receptor deberá enviar una solicitud de Anticipo que deberá detallar el porcentaje (%) de anticipo solicitado, monto y flujo de caja asociado al monto solicitado. Una vez recepcionada la solicitud, SERNATUR evaluará la pertinencia del anticipo solicitado de acuerdo al flujo de caja enviado. De ser aprobado se solicitará al receptor de fondos públicos el documento que garantice el 100% del anticipo. Recibida la garantía del anticipo y aprobada la resolución que aprueba el anticipo, su entrega será tramitada en un plazo de 30 días hábiles. Si el receptor de fondos públicos definió modalidad mixta o sólo reembolso, una vez recibido el informe el informe técnico y de rendición en los plazos establecidos en el punto 9 informes técnicos y rendición de gastos, SERNATUR en un plazo de 15 días hábiles revisará y hará las observaciones que considere pertinente, las que serán comunicadas por escrito al receptor de fondos públicos quien tendrá 7 días hábiles para responder a las observaciones realizadas, su respuesta deberá ser enviada en formato papel y digital (unidad de almacenamiento) a través de la oficina de partes de SERNATUR. Una vez aceptado el informe técnico y de rendición SERNATUR dispondrá de 30 días hábiles para el reembolso de los fondos.
A la fecha, no se han publicado las respuestas a las consultas realizadas en las charlas informativas y de otros postulantes enviadas a concursos@chile.travel ¿Cuándo estarán disponibles para todos los postulantes?
Miércoles 9 de Agosto.
Se solicita especificar tiempo de respuesta y formato/método de publicación de las respuestas. ¿serán públicas tanto preguntas como respuestas?
Se publicarán una vez a la semana, en caso que haya actualizaciones. Primera publicación miércoles 9 de Agosto.
En la R.Ex Nº319 , en su artículo 1º, Cuadro Convocatoria General, específica 11 mercados: Argentina, Perú, Brasil, Colombia, Alemania, España, Francia, Inglaterra, Italia, EE.UU y Australia Sin embargo en documento Anexo 7 se especifican: Alemania, Argentina 1, Argentina 2, Australia, Brasil 2, Colombia, España, Estados Unidos, Francia, Inglaterra, Italia, México y Perú 2. Por favor aclarar: -El caso de México que no aparece en la REx ¿puede ser considerado como mercado meta en una propuesta? -El caso de Perú1, ¿puede ser considerado como mercado meta en un propuesta?, ya que la REx 319 habla de todo Perú. -el caso de Brasil 1 ¿puede ser considerado como mercado meta en un propuesta?, ya que la REx 319 habla de todo Brasil.
Sí, se modificará el anexo aprueba convocatoria incluyendo México como mercado meta. -Sí, puede ser considerado como mercado meta. -Sí, puede ser considerado como mercado meta.
En la R.Ex Nº318, Bases Ventanilla Abierta para Postulación Proyectos Campaña Cooperadas para la Promoción Internacional, en su Sección 1 Bases Técnicas, en el 5.1.1. Items Gastos Financiables, no aparece como gasto financiable el costo de la póliza de seguro de fiel cumplimiento de contrato y póliza de garantía por monto de anticipos. Normalmente este tipo de gastos, en programas y proyectos de instituciones públicas son considerados como gastos financiables, incluso con aporte público, toda vez que permite el acceso a estas fuentes de financiamiento a empresas más pequeñas. Solicito aclarar que este tipo de gastos pueda estar financiado e incluido dentro del proyecto.
SERNATUR no financia el costo de la póliza de seguro de fiel cumplimiento de contrato y póliza de garantía por monto de anticipos.
En el mismo 5.1.1 no aparece como gasto financiable, la producción, edición de contenidos audiovisuales. Favor aclarar si se pueden financiar e incluir este tipo de gastos dentro del proyecto.
En el mismo ítem aparecen en el primer punto diseño, elaboración e impresión de material promocional. Los contenidos audiovisuales serán considerados material promocional en este ocasión por lo que serán financiables.
En el mismo 5.1.1 no aparece como gastos financiables, el diseño de contenidos gráficos y audiovisuales tanto para campañas online y offline. Solicito aclarar que este tipo de gastos pueda estar financiado e incluir dentro del proyecto.
En el mismo ítem aparecen en el primer punto diseño, elaboración e impresión de material promocional. Los contenidos audiovisuales serán considerados material promocional en este ocasión por lo que serán financiables.
En el mismo 5.1.1 no aparece como gastos financiables, la contratación de personal profesional y de apoyo a la ejecución del proyecto, tales como experto en mercados, experto en relaciones públicas, staff de apoyo en acciones promocionales, informadores turísticos, entre otros. Solicito aclarar que este tipo de gastos pueda estar financiado e incluir dentro del proyecto.
No está contemplado como item financiable pago de honorarios ni servicios profesionales de apoyo a la ejecución del proyecto. Sólo se contempla gastos en logística donde se considera servicios de producción de eventos.
En el 5.1.2 Items de Gastos no Financiables, aparece como tal la comisión o fee de las agencias de publicidad. Si bien, como institución pública, Sernatur puede disponer del financiamiento público no vaya dirigido a ese tipo de gastos, esto no implica que este último no sea considerado como un gasto del proyecto y financiado por aportes privados, ya que todos los márgenes/comisiones/fee de todos los proveedores (no sólo una agencia de publicidad) son costos directos de un proyecto y generados por la realización de este. Solicito incluir dentro de los costos a considerar dentro del proyecto a la comisión de agencias, aunque sea financiada con aporte privado, sobre todo en consideración a las pequeñas empresas turísticas.
La comisión de agencia no está incluida en los gastos financiables, tanto público como privado. Con respecto a las pequeñas empresas turísticas, se ha lanzado un concurso Ventanilla Abierta Pequeñas Campañas Cooperadas con un cofinanciamiento de hasta 80% justamente para cubrir estos gastos y facilitar el acceso de las pequeñas empresas turísticas al financiamiento público.
Respecto a la inscripción en el registro de proveedores de Sernatur,¿Cuál es ese registro? ¿Dónde y cómo se registra la empresa?. ¿Es necesario, ya que la ley 19862, bastaría con registrarse en www.registros19862.cl?
La Ley N°19.862 establece que todos los servicios públicos incluidos anualmente en la Ley de Presupuestos y que efectúen transferencias de fondos públicos, deberán llevar un registro de las entidades receptoras de dichos fondos. Por otra parte, la ley establece que el Ministerio de Hacienda deberá mantener una base de datos con toda la información de los órganos y servicios públicos, en un registro centralizado, para lo cual faculta a la Subsecretaría de ese Ministerio a requerir dicha información a esas reparticiones. Ambos requerimientos de la ley, en la práctica, se traducen hoy en que las entidades receptoras de fondos públicos, deben inscribirse tanto en el sitio www.registros19862.cl del Ministerio de Hacienda como en el “Registro Receptores de Fondos Públicos de la Ley 19862 de SERNATUR”. Para esto último, el trámite de inscripción lo deben realizar las entidades receptoras de fondos públicos solicitando los documentos denominados “SOLICITUD DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PÚBLICOS DE SERNATUR” y el “FORMULARIO PARA INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PÚBLICOS DE SERNATUR”, directamente en las dependencias del Servicio Nacional de Turismo, oficinas de la Unidad de Administración y Finanzas de la Subdirección Administrativa, ubicadas en Avda. Providencia N°1.550, tercer piso o por correo electrónico dirigido a ncerda@sernatur.cl. Cabe señalar, que se solicitarán antecedentes legales y financieros, tales como la escritura de constitución y la designación del representante legal de la empresa, entre otros, algunos en originales o copias legalizadas ante notario, según sea el caso.
En Sección 1 Bases Técnicas el 6.2.1 Propuesta por Postulante, dice que la condición para que un postulante presente más de un propuesta, es que debe estar relacionada con socio estratégico diferente. si no es necesario tener un socio estratégico, según lo indicado en las bases, entonces ¿un postulante sin socio estratégico podría presentar dos o más propuestas? Favor aclarar.
No es obligación presentar socio estratégico y un postulante puede postular a más de un proyecto.
En Seccion 2 Bases Administrativas, en el 2 d. Antecedentes de Postulación, ¿se refiere sólo a antecedentes del postulante? ¿los socios estratégicos extranjeros no están incluidos en esta obligación?
Se refiere al postulante: Receptor de fondos públicos – el socio estratégico sólo tiene obligación de completar Anexo 8.
En Seccion 2 Bases Administrativas, en el 4 1.1 Criterios de Evaluación, solo aparecen 4 criterios a evaluar, favor aclarar si Promoción destinos está incluido o no: Porcentaje de financiamiento público solicitado Propuesta de contenidos Plan de acciones Propuesta global
Se considerarán y ponderarán los 4 criterios.
En Seccion 2 Bases Administrativas, en el 4 1.2 tabla de Evaluaciones, Ponderaciones y Evaluadores, Criterio Nº2 Propuesta de Contenidos, se dice que se sumarán las notas obtenidas por cada uno de los subcriterios y dicho puntaje se dividirá por 4, para obtener la nota final del criterio, no obstante son 3 los subcriterios. Favor aclarar esta diferencia.
Error de tipeo se divide en 3 subcriterios.
El listado del Anexo 7 que relaciona destinos con mercados es sólo indicativo, o de carácter normativo? se pueden presentar propuestas de otras relaciones destinos y mercados, como por ejemplo destinos que no están en el listado?, ¿cómo serán considerados? -Entiendo que la categoría de un destino (consolidado, emergente) no es absoluta en sí, sin que depende del mercado de referencia, por ejemplo (y efectivamente como identificó SERNATUR) Iquique es un destino consolidado para Argentina 1, pero no tiene otra clasificación, y puede ser perfectamente un destino emergente para Argentina 2. ¿Qué se hará en estos casos? … las tablas de relación destino/mercado son excluyentes y normativas para la puntuación de este criterio? … o solo referencial, y podrá evaluarse que por ejemplo, Iquique puede ser catalogado como un destino emergente para otros mercados? Así pasa para muchos destinos en otros mercados. O por conclusión, aquellos destinos que no fueron clasificados como Consolidados en algunos mercados, se asume que son Potenciales en estos. Favor aclarar esta situación. -Se hablan en el Anexo 7 de una categoría “potencial” que en ninguna parte de las Bases se hace referencia. Esta relación destino/mercado como serán considerados cuando sean evaluados ¿se sumarán a los destinos emergentes?
Sí, se modificará el documento llamado convocatoria incluyendo México como mercado meta. -El anexo 7 será modificado ampliando los destinos y sus mercados, no obstante ello, sólo serán considerados las propuestas de los mercados que aparecen en documento “llamado a convocatoria” en donde además se debe incluir México. -Anexo 7 será modificado para mayor comprensión y más facilidad de ejecución. -Sí, se modificará el anexo aprueba convocatoria incluyendo México como mercado meta
En el 9.2 Informe de Rendiciones de Cuenta de Gastos, se menciona que para calcular el tipo de cambio aplicable en el proceso de rendición de cuentas de gastos, este se calculará en base al valor del dólar observado, euro o moneda correspondiente, de la fecha de operación de cambio respectiva. Sin embargo, en la Res. Nº30 del 2015 de la CGR art. 17 se refiere al tipo de cambio vigente al momento de realizarse la respectiva operación, no mencionando que se trate del dólar observado. Es tipo de cambio es sólo considerado como sólo un dólar referencial. En otras instituciones públicas y otros programas se permite la rendición en pesos chilenos de gastos en moneda extranjera utilizando el tipo de cambio efectivo en la realización de la operación, tal como lo mandata la Res. Nº30 de 2015 de la CGR. ¿Se puede rendir gastos con el tipo de cambio al momento de la operación, presentando los documentos que acrediten el tipo de cambio efectivo?
El dólar observado aplica para el caso de la rendición de gastos que se valorizan en función de tablas predefinidas como es el caso de los viáticos al extranjero (alimentación y alojamiento). Cuando se trata de rendición de gastos efectivos se puede rendir con documentos que acreditan el tipo de cambio efectivo.
La Carta de Compromisos de Aportes, Anexo Nº8, ¿sólo debe ser firmada por el socio estratégico?
Sí, el receptor de fondos públicos (postulante) se compromete una vez adjudicado el proyecto y firmado el convenio respectivo a enterar los aportes indicados en su postulación, lo que incluye el aporte del socio estratégico en caso de postular con uno.
Bajo la modalidad de reembolso ¿Es posible tener un detalle del proceso que llevará a cabo SERNATUR para revisar y aprobar (observar, etc) los gastos rendidos en modalidad de reembolso?
Una vez recibido el informe el informe técnico y de rendición en los plazos establecidos en el punto 9 Informes técnicos y rendición de gastos, Sernatur en un plazo de 15 días hábiles revisará y hará las observaciones que considere pertinente, las que serán comunicadas por escrito al receptor de fondos públicos quien tendrá 7 días hábiles para responder a las observaciones realizadas, su respuesta deberá ser enviada en formato papel y digital (unidad de almacenamiento) a través de la oficina de partes de Sernatur. Una vez aceptado el informe técnico y de rendición Sernatur dispondrá de 30 días hábiles para el reembolso de los fondos.
Bajo la modalidad de reembolso, ¿Cuánto tiempo tarda SERNATUR para entregar el reembolso al postulante, una vez revisados (y aprobados) los gastos rendidos en esta modalidad?
Una vez aprobado el informe técnico y rendición de gastos y comunicado al receptor de fondos públicos se deben considerar 30 días hábiles para el reembolso.
No se expone los detalles del proceso de rendición de los gastos, así como fechas y el formato, documentación de verificación y el medio por el cual se entrega la rendición. Sólo queda claro lo general definido en la Res. 30 del 2015 de la CGR, en sus formatos, mensual y dentro de los 15 días hábiles siguientes al mes que se informa. ¿SERNATUR incluirá otro proceso o medio?
De acuerdo a lo señalado en el punto 9 Informes técnicos y rendición de gastos: 9.1 Informes técnicos parciales e informe final, se debe presentar dentro de los 7 días hábiles posteriores a la fecha de término de la campaña las facturas de costo. Podrán presentarse facturas a nombre del postulante y/o socio estratégico siempre que este último haya firmado la carta de compromiso señalada en anexo 8. 9.2 Informe de rendiciones de cuenta de gastos: Se detallan los gastos que pueden rendirse y las condiciones generales y se señala expresamente que se deberá rendir conforme lo establezca el convenio con Sernatur. Esto se informará una vez adjudicados los proyectos. No obstante lo anterior, tal como lo señala el anexo 6 este corresponde al formato de presentación de presupuesto y rendición. El medio por el cual se entregará la rendición será en formato papel y digital (unidad de almacenamiento), formato Excel en la oficina de partes de Sernatur dentro de los plazos indicados en el párrafo anterior. Por otra parte, como se indica en el punto 9.3 Modificación de plazos para la entrega de informes se podrá solicitar extensión de plazos en la entrega de los informes, solicitud que deberá ser presentada por escrito.
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